(Artículo 75.4 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y artículo 13.5 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales)
Los miembros de la Corporación Municipal que no desempeñen sus puestos en régimen de dedicación exclusiva o parcial, percibirán (Aprobado en sesión extraordinaria del Pleno de 24 de julio de 2023):
Se adjunta en este apartado el acta del Pleno Extraordinario