menu
menu
logo
Portal de Trasnparencia
 
Flecha

Ayuntamiento

 
Icono Sección
1
Organización Municipal
2
Pleno Municipal
3
Grupos Municipales
4
Corporación municipal
5
Juntas de Gobierno
6
Organigrama del gobierno municipal
7
Personal eventual o de confianza
8
Empleados Públicos
9
Otros Organismos o Sociedades Municipales
10
Procedimientos
11
Servicios
12
Sentencias Judiciales
13
Registro de intereses de actividades y bienes
14
Tablón de anuncios

Competencias del Pleno

ACTUALIZADO EL 24/01/2025 12:45:13

Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal las siguientes atribuciones:

  • El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
  • Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.
  • La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos.
  • La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.
  • La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.
  • La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
  • El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas.
  • La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual.
  • El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria
  • La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
  • Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial.