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Comisión Informativa

ACTUALIZADO EL 15/10/2024 12:12:35
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En el Pleno celebrado el 24 de julio de 2023, acuerdo nº 42/2023,  se establece la creación de las comisiones informativas, su denominación, periodicidad, funciones y composición. Las comisiones son las siguientes:

  • Comisión Informativa de Ciudad.
  • Comisión Informativa de Personas.
  • Del mismo modo, se establece la Comisión Informativa de Vigilancia de la Contratación, que tendrá un carácter especial.

Queda asimismo establecida, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1, letra e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Comisión Especial de Cuentas.

Periodicidad:
  1. Mensual para las sesiones ordinarias de las Comisiones Informativas de Ciudad y de Personas, que se celebrarán en la Sala de Alcaldes de la Casa Consistorial. 
    1. La Comisión informativa de Ciudad se celebra el tercer miércoles de cada mes.
    2. La Comisión informativa de Personas celebrará sus sesiones ordinarias el tercer viernes de cada mes.
  2. Trimestral para la Comisión Informativa de Vigilancia de la Contratación, que se celebrará en la Sala de Alcaldes de la Casa Consistorial.
  3. La Comisión Especial de Cuentas se reunirá con carácter ordinario dos veces al año para el ejercicio de las funciones asignadas.
Funciones

Corresponde a la Comisiones Informativas de Ciudad y Personas:

1º. El examen y dictamen previo de las iniciativas que los órganos unipersonales del Ejecutivo municipal que tengan atribuida su resolución deseen someter a su conocimiento o de aquéllas que deban serlo por corresponder a la competencia del Pleno, o por delegación suya, de la Junta de Gobierno Local.

2º. El seguimiento de la gestión municipal, sin perjuicio del superior control y fiscalización que corresponde al Pleno.

A la Comisión informativa de Vigilancia de la Contratación:

1º. El seguimiento permanente de la gestión de los expedientes de contratación y de gestión patrimonial, pudiendo a tal efecto incluirse en el orden del día solicitudes de información sobre tales expedientes, ruegos y preguntas.

2º. La aprobación de recomendaciones en dicho ámbito material, de las que se dará traslado a los órganos municipales competentes.

Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas informar provisionalmente la Cuenta General del Municipio, examinar las reclamaciones, reparos u observaciones que se presenten durante el trámite de información pública y evacuar informe definitivo para su consideración por el Pleno, de conformidad con la normativa hacendística y contable aplicable a las Entidades locales.

Las funciones antes mencionadas se ejercerán por las Comisiones Informativas en el ámbito de las siguientes materias:

  1. Para la Comisión Informativa de Personas las materias relacionadas con Familia, Igualdad, Juventud, Educación, Participación Ciudadana, Mayores y Cultura.
  2. Para la Comisión Informativa de Ciudad las materias relacionadas con Desarrollo Urbano, Obras, Servicios Públicos, Hacienda, Deportes, Tres Cantos 2030, Salud Pública, Seguridad, Movilidad, Recursos Humanos, Desarrollo Local, Comercio, Fomento del Empleo, Emprendimiento, Transformación Digital, Organización Interna,  Transparencia y Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Municipales.
Composición

a) Presidencia: La Alcaldía, pudiendo delegar la presidencia efectiva de las restantes en un miembro de la propia Comisión Informativa elegido y propuesto por ésta a la Alcaldía así como revocarla en todo momento para asumirla personalmente o conferirla de nuevo, previa propuesta, al mismo u otro miembro.

El mismo procedimiento se aplicará también para la elección y propuesta de una Vicepresidencia, que ejercerá las funciones de presidencia en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal.

b) Secretaría: La persona titular de la Secretaría General o persona en quien delegue.

c) Vocalías: Una por cada grupo municipal legalmente constituido.
d) A las reuniones de las Comisiones Informativas asistirá, con voz y sin voto, la persona titular de la Intervención General o persona en quien delegue.

Los acuerdos de las Comisiones Informativas se adoptarán mediante voto ponderado equivalente al número de miembros de su respectivo grupo municipal en el Pleno.